URUGUAY | 4 DE ENERO DE 2014
La
capital de Montevideo etiquetará los transgénicos luego de la aprobación de un
Decreto originado en la ciudadanía y apoyado por las instituciones de gobierno.
En el nuevo Decreto firmado el 12 de diciembre pasado por la Junta
Departamental de Montevideo, “los alimentos que han sido manipulados
genéticamente o que contienen uno o más ingredientes provenientes de éstos que
superen el 1% del total de componentes, deberán ser etiquetados”. Asimismo,
establece que deberán lucir en su rotulación la siguiente frase:
“Este
producto contiene organismos modificados genéticamente”.
Slow
Food Uruguay, asociación civil promotora de esta iniciativa legal, expresó
que el decreto va a permitir a los
consumidores identificar y elegir si quiere consumir o no este tipo de
productos, publicaron en su página web el pasado 2 de enero.
“Todo
comenzó luego de realizar un examen de las veinte marcas de polenta que hay en
el mercado, dieciocho de las cuales eran de origen transgénico”, expresó Laura
Rosano, consultora gastronómica y presidenta de Slow Food ante el parlamento
uruguayo, luego añadió que “ese fue el
puntapié inicial para comenzar a investigar qué otro tipo de alimentos podían
tener maíz o soja con esa característica”, según versión de la Comisión de Salud
Pública y Asistencia Social de 2 de julio de 2013.
Rosano consideró que es muy
importante que toda la información sobre los nutrientes, ingredientes y sobre
el origen de la materia prima, figure en el etiquetado. “A mí, como médico, el
uso del maíz me preocupa muchísimo, porque cuando el lactante o el niño pequeño
tiene un cuadro digestivo, la primera comida que se le da, además de la
rehidratación oral, es harina de maíz, polenta. Toda la harina de maíz en el
país es transgénica”, expresó la toxicóloga Mabel Burger ese mismo día ante el
parlamento.
Natalia
Bajsa, licenciada en bioquímica y parte del equipo interdisciplinario que
redactó el proyecto de etiquetado, explicó en un seminario en agosto pasado,
que esta norma además de promover el derecho de los consumidores al acceso a
información clara sobre la trazabilidad de los alimentos procedentes de OGMs,
busca también: “Realizar el seguimiento para poder detectar e identificar
cualquier efecto directo, indirecto, inmediato, diferido o imprevisto que los
alimentos que contengan o consistan en OGMs puedan producir en la salud humana
o el ambiente después de su comercialización”.
En su opinión esta regulación se
fundamenta en la falta de estudios toxicológicos a largo plazo sobre el consumo
de estos alimentos, que impliquen además una “evaluación de riesgo holística”.
A ello se suma los resultados de las investigaciones realizadas en animales de
laboratorio sobre el efecto negativo del consumo de OMGs, como las del Prof.
Gilles-Eric Séralini, y también las referidas a los riesgos asociados al uso
del glifosato.
Recientemente,
David Schubert, experto en inmunología del Instituto Salk de Estados Unidos
refiriéndose al maíz transgénico, sostuvo que “es lógicamente falso afirmar que
debido a que no hay evidencia de enfermedad después de la introducción de un
producto modificado genéticamente, entonces este producto es seguro para ser
consumido. Esto requeriría un experimento bien diseñado, con los controles
adecuados, que no se puede realizar debido a que los alimentos que contienen
OMG no están etiquetados”. “Es evidente que, una vez que el maíz GM se
comercialice en el mercado, no habrá manera de controlar los efectos adversos
para la salud causados por el producto y pedir explicaciones al productor”,
sostuvo Schubert.
La
Ley de Defensa del Consumidor vigente en
Uruguay, considera como derechos básicos de los consumidores, la protección de
la vida, la salud y la seguridad contra los riesgos causados por las prácticas
en el suministro de productos y servicios considerados peligrosos o nocivos. Natalia
Bajsa también menciona que etiquetar los OGM se justifica en base al principio
precautorio incluido en la Ley General de Protección del Ambiente N° 17.283 de
Uruguay, que establece “tomar medidas aun cuando los efectos negativos no hayan
sido completamente demostrados”.
Esta
norma de etiquetado aprobada contó con el apoyo de varias organizaciones de la
sociedad civil y también con el apoyo de la División de Salud de la Intendencia
de Montevideo dirigida por Pablo Anzalone, indicó Slow Food. Pablo Anzalone había
manifestado desde su blog el año pasado que “el enfoque de la seguridad
alimentaria basado en los derechos tiene otra dimensión jurídica: los gobiernos
tienen la obligación legal de actuar de tal modo que progresivamente todas las
personas dentro de su territorio no sólo no pasen hambre sino que puedan
producir o procurarse, de forma plenamente acorde con su dignidad humana,
alimentos adecuados para una vida activa y sana. Los actores sociales,
empresariales, la comunidad toda y sus integrantes, tienen un rol fundamental
en la construcción de este derecho”.
Fuente: La Gran Época
No hay comentarios:
Publicar un comentario