jueves, 16 de enero de 2014

Maltrato animal: delito penal


Por: Isidro H. Cisneros
CIUDAD DE MÉXICO |  16 DE ENERO DE 2014
Un reclamo social respecto al maltrato animal recorre distintos países de América Latina. Esta demanda ciudadana se refiere no sólo a la violencia contra los animales domésticos sino contra todo tipo de animales silvestres y exige que las sanciones sean más fuertes, incluso con la pena privativa de la libertad, si el maltrato o muerte es contra especies endémicas, amenazadas, en peligro de extinción o migratorias.
En México, este reclamo también existe y plantea que el maltrato animal debe ser considerado un delito penal a nivel federal. Casi todas las entidades de nuestro país cuentan con una ley de protección a los animales, pero la mayoría no están actualizadas o no son cumplidas a cabalidad, además los vacíos jurídicos impiden garantizar su bienestar. Hasta el momento no se conoce públicamente un caso de encarcelamiento por maltrato animal y todo queda en sanciones administrativas o ridículas multas, por lo que resulta urgente una ley federal que penalice a los agresores.
A los animales se les debe reconocer -como derecho subjetivo individual- el derecho a la vida. Es necesario prohibir las torturas, los experimentos “científicos” o su asesinato con motivaciones “deportivas” o “artísticas”. Las sanciones legales contra el maltrato injustificado deben abarcar todos los actos de violencia que causan al animal dolor o sufrimiento, encuadrando en el precepto tanto la comisión por acción como por omisión. Es un delito de resultado material frente a la vida o salud del animal. Su protección primero fue de tipo religioso y después filosófico. Ha llegado el momento de generar una protección jurídica efectiva.
Es necesaria una Ley Federal de Protección Animal para erradicar uno de los mayores lastres de la actualidad, inaceptable en una sociedad moderna y democrática: el maltrato animal. Pese a que existen prohibiciones sobre la violencia contra determinadas especies queda un largo camino por recorrer. Para cambiar esta situación debemos modificar aquellos usos y costumbres que consideran el maltrato hacia los animales como una tradición humana.
Con el objetivo de que sus derechos sean reconocidos, es necesario el convencimiento ético de las personas. Una opinión moral no es por sí misma superior a otra opinión moral, pero desde el punto de vista sociológico, una opinión moral puede prevalecer, respecto a las convicciones de cada individuo, cuando ese punto de vista es compartido por la colectividad. La percepción social de las cuestiones éticas es el fundamento para el reconocimiento de los derechos.
Alrededor del mundo actualmente existen millones de seres humanos que son esclavos de hecho y como tales son tratados, pero la idea del esclavismo es culturalmente inaceptable. Para conseguir este resultado fueron necesarios cientos de años y para abolirla definitivamente se requerirán muchos más. Sin embargo, sobre el plano cultural debemos registrar la rapidez con que el proceso democrático ha promovido la extensión de los derechos fundamentales, a categorías cada vez más amplias de sujetos. Este proceso conducirá inevitablemente al reconocimiento de los derechos fundamentales para los animales no humanos.
En la cultura tradicional los animales no son objeto de consideración moral porque ellos no son personas y pertenecen al conjunto de objetos que se encuentran en la naturaleza. Se afirma que sobre los animales solo recaen consideraciones morales cuando los comportamientos hacia ellos representan un indicador sobre el carácter moral de la sociedad. La ética de la naturaleza entra en juego cuando la intervención humana amenaza la vida en general. 
Hablar de derechos de la naturaleza también quiere decir proteger la vida y el bienestar de los animales. Los bienes naturales son bienes públicos y amenazarlos o garantizarlos depende de acciones colectivas, por lo que el reclamo ciudadano postula una regulación jurídica que satisfaga los principios de justicia y protección. 
Los derechos de los animales tienen dos premisas: tratar igual a los iguales de acuerdo con su igualdad, y no dañar a ninguno de los animales que, como ha confirmado la etología científica desde Charles Darwin, son capaces de sentir dolor, angustia y sufrimiento. La batalla por el reconocimiento de sus derechos es una batalla auténticamente revolucionaria y para nada prematura, porque enfrentar la cuestión de los derechos de los animales no humanos significa tratar el problema crucial de los derechos para todos.
Los derechos de los animales ocupan un espacio en el debate sobre los denominados nuevos derechos y sujetos de la democracia. Aquello que debemos admitir, la verdad que debemos remarcar, es que, justamente como los negros no existen en función de los blancos o las mujeres en función de los hombres; de esta manera, los animales no existen en función de los humanos. Ellos no forman parte de los generosos recursos que nos otorgó una divinidad benévola o una naturaleza infinitamente previsora. Ellos tienen una existencia y un valor propio. Una moral que no incorpore esta verdad se encuentra vacía de significado. Un sistema jurídico que la excluya está ciego. 1 isidroh.cisneros@gmail.com. Twitter: @isidrohcisneros

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