CAMPECHE | 12 DE MARZO DE 2014
Por órdenes judiciales,
la siembra de soya genéticamente modificada quedará prohibida en Campeche,
luego de que tres comunidades mayas del municipio de Hopelchén ganaron un
amparo contra el permiso otorgado por la Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) con el aval de la Secretaría
de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para esa actividad.
En una
resolución histórica, el Juzgado Segundo de Distrito de Campeche concedió el
amparo a las comunidades Pac-chen y Cancabchen, pertenecientes a Hopelchén y
determinó que los efectos de la misma aplicaban a todos los municipios
afectados por el permiso, pues queda cancelado esa autorización en todo el
estado. En consecuencia, la Sagarpa tiene la obligación de garantizar que no se
sembrará soya transgénica en el estado.
El problema inició el 6
de junio de 2012, cuando la Sagarpa, con el aval de la Semarnat permitió la
liberación al ambiente, en fase comercial, de soya genéticamente modificada,
tolerante al herbicida glifosato a favor de la empresa Monsanto Comercial,
Sociedad Anónima de Capital Variable, por tiempo indefinido. Así se le
autorizaba la siembra de 253 mil hectáreas en siete estados de la República,
incluyendo Campeche en los municipios de Champotón, Hecelchakán, Hopelchén,
Tenabo, Calkiní, Escárcega, Carmen y Palizada.
Por ello, autoridades mayas de
Pac-Chen, Cancabchen y diversas asociaciones de apicultores de Campeche
decidieron ir a la vía judicial para evitar esta siembra, porque afecta la
industria mielera, por la contaminación a su producción de residuos químicos,
que han ocasionado el cierre de mercados internacionales a los apicultores.
Al
respecto argumentaron: Que la Semarnat y la Sagarpa no efectuaron una consulta
libre, previa e informada, , que la siembra de soya transgénica afectaba una
práctica histórica tradicional de dicho pueblo, la apicultura, y que existía
una violación al derecho a un medio ambiente sano, por el uso excesivo de
herbicidas y la deforestación que esta práctica implica.
Sagarpa y Semarnat favorecieron a la trasnacional
Luego de casi dos años de
litigio, el Juzgado Segundo de Distrito notificó la resolución favorable del
amparo fundamentando la violación al derecho a la consulta, libre, previa e
informada, protegido dado que la Sagarpa al otorgar el permiso no dio certeza a
las comunidades indígenas durante el proceso para definir sobre su tierra y
territorio. También consideró que la Sagarpa no estableció un mecanismo
adecuado, idóneo y acorde con sus costumbres, tradiciones, que considerara
procedimientos culturalmente adecuados y teniendo en cuenta sus métodos
tradicionales para la toma de decisiones.
Además, la Dirección General de
Impacto y Riesgo Ambiental de la Semarnat, al momento de dar el aval para dicho
permiso, transgredió el procedimiento establecido en su Reglamento Interior, al
omitir tres dictámenes vinculantes de la CONABIO, la CONANP y el INE, que
desaconsejaron la siembra de soya genéticamente modificada en los polígonos
señalados. Es decir, emitió un dictamen favorable sin que existiera
justificación ni fundamentación alguna.
Fuente: El
Financiero
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