viernes, 1 de febrero de 2013

Controversia por nueva ley de protección animal en la capital mexicana


CIUDAD DE MÉXICO |  1 DE FEBRERO DE 2013
La polémica de si los actos en contra de los toros durante la fiesta brava deben o no ser sancionados como maltrato animal, reabrió el debate en la Asamblea Legislativa del DF (ALDF) para prohibir las corridas de toros. De acuerdo con el diputado Jorge Gaviño, las nuevas disposiciones que castigan con cárcel el maltrato animal excluyen a la tauromaquia, lo cual, dijo, debe revisarse de manera separada. Esto debido a que las reformas al Código Penal señalan en su último párrafo  que “por actos de maltrato o crueldad y lo relativo al maltrato animal a éste capítulo, estará a lo dispuesto en la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal”, la cual en su artículo 25 establece que de esa norma quedan exentas las corridas de toros, novillos y becerros, así como las peleas de gallos.
“Es un decreto que queda bien con Dios y con el Diablo. Por un lado queda bien con los aficionados a la fiesta brava al remitir a esa Ley que los excluye, pero no lo establece claramente en el Código Penal”, señaló Manuel Cortina Reynoso, abogado y aficionado taurino. Indicó que aunque una denuncia por actos en las corridas de toros no puede proceder, los legisladores debieron incluir en la reforma un apartado donde textualmente se excluyera a la fiesta brava. “Para tipificar como delito una corrida de toros, debería expresamente estar indicada como tal, y no remitir a una ley en las que se considera excepción”, agregó Oziel Guerrero de Anda, también abogado y aficionado a la fiesta brava.
El diputado Jesús Sesma destacó que la tipificación del maltrato animal es un gran avance en la materia, pero reconoció que es necesario retomar el debate para incluir a los toros. “Más de 60 por ciento de la gente no está a favor de los toros. Vamos a insistir en nuestra lucha, no la vamos a dejar, el objetivo del Partido Verde es poder incluir a los toros y todo”, manifestó. El diputado Jorge Gaviño indicó que en las Comisiones ya se está analizando el dictamen para prohibir las corridas de toros en el DF. “Sabemos que hay muchas presiones e intereses económicos atrás de esto, pero desde este momento trataremos de resistir a esas presiones e interese económicos creados en contra de la protección de los animales”, indicó.
Libres de culpa
Los toreros no podrán ser acusados de maltrato animal ya que la actividad que desempeñan es lícita y está debidamente reglamentada dentro de la Ley de Espectáculos aseguró en entrevista, Rafael Ruiz Mena, catedrático de la Faculta de Derecho de la Universidad Anáhuac. El especialista advirtió que, la obligación del Ministerio Público ante una posible demanda en los siguientes días por maltrato animal derivada de una corrida de toros será la de declararla improcedente ya que no reúne  los elementos típicos del delito.
“La perspectiva del Ministerio Público es estrictamente jurídica, determinará, analizará y concluirá el no ejercicio de la acción penal por ser una actividad lícita y por lo tanto el torero no está incurriendo en ninguna actividad ilícita”, consideró. Explicó que en materia de derecho por lo regular una ley especial deroga a una general y una que establece normas específicas con un tema en particular, tiene preminencia sobre una ley que establece conceptos de carácter general. Ejemplificó: “Pensemos en el box, un deporte donde un ser humano golpea a otro en lo que en términos del derecho común serían lesiones,  pero no hay responsabilidad penal por parte de quien infringió las lesiones porque está regulado en una normatividad especial de manera legal, la realización de este tipo de eventos”.
Normas
Las legislaciones se contradicen:
Las reformas al Código Penal del DF permiten que el maltrato animal se persiga por oficio.
La Ley de Espectáculos sí permite corridas de toros, carreras de perros y espectáculos circenses.
La perspectiva del Ministerio Público será jurídica, determinará, analizará y concluirá.
Aprobada, pero sin los toros
A finales de diciembre pasado, el Pleno de la Asamblea Legislativa del DF aprobó las reformas al Código Penal para tipificar el maltrato animal en la ciudad. El dictamen fue uno de los últimos en una sesión que se prolongó a la noche debido a que los legisladores discutían el paquete presupuestal 2013.  La iniciativa se estaba trabajando desde la V Legislatura. El tema donde no pudieron ponerse de acuerdo fue el que incluía un transitorio que dejaba exentos a los toros y gallos pues algunos legisladores lo consideraban “incoherente” porque paralelamente estaba por aprobarse el dictamen que prohibía las corridas de toros en el DF. Al final ambos dictámenes se fueron a la congeladora. La VI Legislatura lo  retomó, pero el acuerdo para  poder aprobar el dictamen fue no incluir el tema de los toros. Así fue.
Prevalecerá bien superior
Las reformas al Código Penal del DF que establecen multas y hasta cárcel a quienes maltraten animales, se enfrentarán a las disposiciones de la Ley de Espectáculos de la capital, la cual sí permite corridas de toros, carreras de perros y espectáculos circenses en donde participan y se dañan animales, por lo que las sanciones sólo procederán en caso de que el juez encargado del caso determine que el bien superior es el de la protección del animal y no el del show, consideró Gustavo Larios, presidente de la Asociación Mexicana por el Derecho de los Animales (Amedea).
“Nos vamos a enfrentar a la interpretación jurídica ante dos normas en pugna. Por un lado se permite, pero por otro se sanciona, habrá que ver cuál es el bien tutelado más importante para la sociedad y desde luego, no es la diversión. Agregó que será necesario que el Tribunal Superior de Justicia del DF y la Procuraduría General de Justicia capitalina, definan una posición para que al momento que comiencen a llegar las denuncias por maltrato, la forma de actuar de los jueces sea la misma.
Explicó que las reformas al Código Penal del DF permiten que el delito se persiga por oficio ante el reporte a la autoridad sobre el suceso, pero también podrán denunciar organizaciones protectoras de animales y la población en general, sin que éstas sean desechadas por no ser los dueños de los individuos lesionados. “Cualquier persona podrá denunciar e incluso el Ministerio Público no requiere de denuncia y basta con que tenga conocimiento del hecho violatorio a la ley para que inicie una investigación”, detalló.
Al respecto, Antonio Franyuti, director en México de la organización AnimaNaturalis, dijo que el movimiento de combate a la tauromaquia aún no canta victoria, ya que las reformas al código se basan en la Ley de Protección a los Animales y ésta en su artículo 25, se establece una excepción a las corridas de toros, novillos, jaripeos, charreadas, carreras de caballos o perros, espectáculos de adiestramiento y entretenimiento familiar, en que sean víctimas de abuso o maltrato los animales y sólo se atenderá a petición de parte o denuncia ciudadana, ante el Juzgado Cívico correspondiente o autoridad competente.
“Al parecer las denuncias contra los toreros no van a proceder por el maltrato. Puede haber algún vacío que permita que vayan a la cárcel, eso esperamos, pero es complicado”, sostuvo en entrevista.
Pese al complejo escenario jurídico que se advierte, Larios consideró que las nuevas sanciones permitirán que se combata gran parte de los casos de agresión contra los animales y en especial, se tendrá que dimensionar el tema de los agresores ya que su actuación frente a los animales es tan sólo el principio de actitudes violentas y nocivas para la sociedad.
Fuente: Excelsior


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